Entradas del blog de J&L

Lo perfecto es enemigo de lo bueno

Así se explica que el tiempo, recursos, energías y dinero que dedicamos a perfeccionar algo bueno es contraproducente, pues requiere mucha dedicación para poder obtener una mínima mejora, si es que llega tal, y por tanto dejamos de dedicar estos recursos a otras tareas.

Por tanto, hagamos las cosas bien, hasta un punto en el que veamos que mejorarlo nos va a suponer una dedicación que ya no merece la pena para el resultado que queramos conseguir. Así el resultado será óptimo en relación calidad/precio, o resultado/coste invertido.

Calendario laboral 2012

Ya tenemos el calendario laboral para 2012, recién publicado en el BOE.

Las ocho fiestas nacionales no sustituibles son:
6 de abril (Viernes Santo)
1 de mayo (Fiesta del Trabajo)
15 de agosto (Asunción de la Virgen)
12 de octubre (Fiesta Nacional de España)
1 de noviembre (Día de Todos los Santos)
6 de diciembre (Día de la Constitución española)
8 de diciembre (La Inmaculada Concepción)
25 de diciembre (Natividad del Señor)
En 2012 no se añade como festivo nacional el 1 de enero (Año Nuevo) por caer en domingo.

Luego cada autonomía podrá elegir las fechas para sus fiestas regionales y las sustituibles.
Al final no se lleva a la práctica aquella propuesta de colocar todas las fiestas en lunes o en domingo, para evitar puentes; quizá para otro año….

Espero tus comentarios aquí debajo, ¿qué opinas de las fiestas de este año?

Actualidad en ITE

Hemos actualizado la página de Inspecciones técnicas de edificios ITE con unos comentarios sobre la modificación de la instrucción técnica de aplicación de la ITE en Valladolid, donde la consideración de «edificio» es un tanto peculiar, y no depende de que sea un solo portal de viviendas, o una comunidad de propietarios, sino que va a depender de otro tipo de cuestiones.

En esta modificación se prevé la opción de realizar una única inspección técnica por cada «unidad constructiva», según el criterio que se explica en esta instrucción, o una inspección por cada «subunidad», siempre solicitando esa posibilidad por escrito y justificada al departamento correspondiente del Ayuntamiento, lo que supone una complicación a la hora de tramitar los encargos, cerrar la contratación con la propiedad, y dar cumplimiento, en definitiva, a la obligación de realizar la inspección técnica de edificios.
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Impulso a la Rehabilitación. Real Decreto-Ley

Se publica el Real Decreto-Ley 8/2011 de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.

Entre otras cosas, se aprueban medidas para el fomento de la rehabilitación de edificios, obligando a la inspección técnica de los mismos «ITE» para edificios de más de 50 años de antigüedad, pudiendo las autonomías legislar inspecciones obligatorias con menor edad, como es el caso de Castilla y León, donde la edad es de 40 años para edificios en municipios de más de 20.000 habitantes.

Estas medidas se detallan entre los artículos 17 y el 22, ambos inclusive, de este Real Decreto-Ley.

Valoración de inmuebles online

Tinsa ha lanzado una herramiento para realizar la valoración online de un inmueble.

http://www.stima.tinsa.es/ Esta valoración será bastante cercana a la que se optendría realizando una tasación, ya que se basa en la base de datos acumulada de Tinsa y los precios que ha ido recogiendo de inmuebles en todo el territorio.
El uso de la herramienta para obtener la valoración de un inmueble cuesta 8 €, si bien es un servicio muy rápido en el que se obtiene inmediatamente un valor estimativo, hay que indicar que no es una tasación según la ORDEN ECO/850, es decir, que no será válida para los propósitos que establece dicha orden, como por ejemplo: obtener un préstamo o crédito hipotecario en un banco o caja de ahorros.
Una tasación de las que un banco o caja nos va a pedir para poder obtener nuestra hipoteca, debe tener un informe y un certificado firmado por un técnico tasador y una sociedad de tasación (como por ejemplo, la mencionada Tinsa), pero debe haber un plano de la vivienda, con la medición de sus superficies, los cálculos del precio, y origen de los precios de mercado en los que se basa, entre otras cosas.

Modificación de la instrucción de aplicación de ITE en Valladolid

modificación de la instrucción para la aplicación de la inspección técnica ITE en Valladolid. Ahora se pueden hacer inspección a cuerpos constructivos únicos, o a unidades individuales dentro de un mismo cuerpo constructivo, pero en este último caso es necesario realizar la solicitud al departamento correspondiente del Ayuntamiento.
Esto significa que se puede ahora hacer una inspección de un solo portal, o una sola comunidad de propietarios, aunque forme parte de toda una unidad constructiva, como se venía exigiendo en la instrucción anteriormente, pero realizando la solicitud al Ayuntamiento.
En todo caso no se establece el procedimiento para realizar la solicitud para realizar la ITE de un edificio que esté dentro de un cuerpo constructivo único, pero sí indica que se presentará la solicitud con la documentación técnica necesaria.
Esperemos que el Ayuntamiento aclare el procedimiento y los criterios a aplicar para esta interpretación de la normativa.
Por otra parte, se solicita la documentación que se solicitaba previamente, además de las inspecciones de la instalación común de electricidad, que la propiedad del edificio debe aportar conjuntamente con el informe y el certificado de la inspección.
Ver texto completo…

Concesión de ayudas para la inspección técnica de edificios de viviendas

ORDEN FOM/564/2011, de 28 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la realización de la inspección técnica de edificios de viviendas.
Aprovecha ahora las ayudas para realizar la inspección técnica obligatoria. consultanos precio y condiciones aquí…
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Entra en vigor la deducción por rehabilitación de vivienda

Ya se pueden hacer obras de rehabilitación de nuestras viviendas con deducción en nuestra declaración de IRPF. Si necesitas servicios técnicos, consúltanos aquí.
Las obras podrán llevarse a cabo tanto en primeras como en segundas residencias (incluidas las que se pongan en alquiler), con la única excepción de que no estén relacionadas con las actividades económicas del contribuyente. Dichas obras deberán estar destinadas a mejorar la eficiencia energética y el uso del agua, la accesibilidad a la vivienda y la instalación de infraestructuras de acceso a internet o a la TDT (televisión digital terrestre).
Inicialmente, la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual establecía la deducción del 10% de las cantidades invertidas (que ahora de amplía al 20%) en obras y reparaciones domésticas de la vivienda habitual (ahora también segundas residencias y casas que se pongan en alquiler), con un límite máximo anual de 4.000 euros por contribuyente.