La figura profesional del mediador en la construcción, un profesional que no es un abogado, sino que es un experto en mediación en conflictos relacionados con la construcción, como es nuestro caso, siendo arquitectos técnicos y teniendo experiencia desde el año 1999 en el mundo de la construcción y mercado inmobiliario y valoraciones.
Si tienes un conflicto en una comunidad de propietarios relacionado con obras o mantenimiento del edificio, o uso de partes o instalaciones comunes, y la relación se deteriora cada vez más, de forma de unos vecinos van cogiendo manía a otros, hasta que se forman 2 grupos donde unos son partidarios de uno u otro, de forma que el conflicto se agudiza y no hay forma de entenderse y llegar a una solución intermedia…
La solución la puedes tener en la contratación de un mediador imparcial y neutral que pueda aclarar los asuntos técnicos, de responsabilidad, obligaciones, conflicto contractual, etc. para poder llegar a un acuerdo entre las partes en conflicto. Por eso te recomiendo contactar con un experto en mediación en conflictos.
Ya sabemos que cuando entra una persona ajena, imparcial y experta en los asuntos que se tratan, las partes en conflicto suelen escuchar y hacer más caso a este profesional, pudiendo sentar bases para llegar a un acuerdo, planteando soluciones intermedias y favorables a todas las partes, aunque normalmente hay que ceder un poquito por cada parte, claro está.
Conflictos en los que recomiendo contratar a un mediador
Las áreas donde podemos actuar para mediación en conflictos son:
- Incumplimientos de contratos, plazos, suministros, garantías, etc.
- Conflictos en la resolución de problemas técnicos específicos del sector de la construcción.
- Problemas internos entre departamentos o entre los diferentes partícipes de un proyecto.
- Responsabilidad civil profesional.
- Vicios constructivos.
- Discrepancias en la liquidación de obra.
- Comprobación de calidad en obra de acuerdo con el contrato.
- Conflicto entre vecinos por el uso y pago de elementos comunes en comunidades de propietarios.
- Contratación de obras de mantenimiento y conservación en comunidades de propietarios.
Según recoge la Ley 2012/5 de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, como trasposición a la directiva europea 2008/52/CE, «la mediación implica la voluntariedad, confidencialidad e imparcialidad para las partes afectadas, que obliga a que todos los Estados Miembros a desarrollar la figura de la mediación para la solución de los conflictos».
Los conflictos más frecuentes que encontramos son los relacionados con incumplimiento de plazos, contratos y garantías; los conflictos relacionados con la resolución de problemas técnicos, mala ejecución de obras o calidad inferior a la contratada en materiales y ejecución, y discrepancia en la liquidación final de la obra y su coste.
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