Control de calidad

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Comprende los trabajos de planificación, programación y establecimiento de condiciones para realizar el control de calidad en la edificación y el seguimiento de dicho control.

El código técnico de la edificación establece la obligatoriedad de un plan de control de calidad incluido en los proyectos.

Formas de actuación

  • Encargo global: comprende la redacción del programa, su seguimiento y su documentación
  • Redacción y firma del Programa de Control de Calidad
  • Seguimiento del Programa de Control de Calidad.
  • Documentación del seguimiento del programa de control de calidad.

El seguimiento del programa forma parte de las funciones inherentes a la dirección de la ejecución de la obra en obras contempladas por la L.O.E., o de la dirección facultativa en obras no contempladas por la misma.

Contenido de la actuación

Redacción del Programa de Control de Calidad:
  • Redactar el programa con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos.
  • Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales.

El programa deberá contener la siguiente documentación:

  • memoria
  • pliego de condiciones
  • mediciones y presupuesto
Seguimiento del programa de control de calidad
  • Dar cumplimiento al programa de control de calidad, mediante la realización de visitas y controles establecidos en el mismo.
  • Comprobar la realización de ensayos y pruebas previstos en el programa de control de calidad.
Documentación de cumplimiento del programa de control de calidad:
  • Redacción y entrega al promotor, con los visados preceptivos, de informe de control en el que habrán de figurar:
    • Recopilación de documentos de idoneidad de materiales.
    • Recopilación de justificantes de ensayos y pruebas realizados
    • Certificación de cumplimiento del programa de control de calidad