Comprende los trabajos efectuados en viviendas y/o locales, correspondientes a acondicionamiento, reforma, decoración, habilitación, adecuación o rehabilitación
En este grupo se incluyen las obras que se efectúen en edificaciones ya existentes:
- Reforma:
- Dar una nueva forma a un edificio, diferente a la que tenía.
- Rehabilitación:
- Habilitar el uso de un edificio que ha perdido la capacidad para la que fue construído
- Reestructuración:
- Volver a estructurar, modificar la estructura del edificio.
- Restauración:
- Recuperar el edificio, con la misma forma y uso que tenía.
- Refuerzo y consolidación:
- son las destinadas a reparar las lesiones o deficiencias de las edificaciones, y las que tienen por objeto recuperar la capacidad resistente de las mismas.
- Acondicionamiento y decoración:
- aquí se incluyen las reformas de locales comerciales
Formas de actuación
- Redacción de proyecto
- Dirección facultativa de la obra
- Legalización de todas o cada una de las formas de actuación anteriores
- En todo caso será necesario realizar las actuaciones oportunas de seguridad y salud
Todas estas obras requerirán la obtención previa de la licencia municipal de obras, para la cual será necesario la documentación técnica exigida, en función del tipo de obra, que viene regulado por la Ley de Ordenación de la Edificación. Para los locales comerciales, además será necesario realizar un expediente de actividad, que puede ir incluido en el proyecto de reforma, para la obtención de la licencia de apertura de la actividad de que se trate; el régimen viene regulado por la ley de prevención ambiental de Castilla y León.
Para solicitar presupuesto de algunas de estas actuaciones, indícanos los datos concretos de la situación de la obra, su superficie de actuación y presupuesto de ejecución material (PEM) del proyecto de ejecución.
Contenido de la actuación
- Redacción del proyecto:
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- Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos.
- Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales.
El proyecto deberá contener la siguiente documentación:
- memoria
- pliego de condiciones
- mediciones y presupuesto
- planos
- estudio o estudio básico de seguridad y salud
- programa de control de calidad (en su caso)
- Estdio de gestión de residuos urbanos de la construcción
- Dirección Facultativa:
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- Verificar el replanteo y la adecuación de lo proyectado a las características del local.
- Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto.
- Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto.
- Asumir la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado (control de calidad).
- Verificar la recepción en la obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas.
- Recibir los resultados de los ensayos o pruebas de servicio de materiales, sistemas o instalaciones, que le han de ser entregados obligatoriamente por las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación que, además, han de prestarle asistencia técnica.
- Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones de acuerdo con el proyecto aprobado.
- Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas, con los visados que, en su caso, fueran preceptivos.
- Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que, en su caso, fueran preceptivos.
- Expediente de legalización
- Legalización de cada una de las actuaciones relacionadas, en todas o cualquiera de sus actuaciones.