Seguro trienal en nuevos edificios

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El congreso ha aprobado la propuesta no de ley para que el gobierno apruebe la normativa al respecto de la obligatoriedad del seguro trienal en edificios, que se dejaba pendiente en la ley de ordenación de la edificación LOE. De este modo sería obligatorio, cuando se apruebe esta medida, tener contratado un seguro trienal de vicios ocultos en las viviendas y edificios nuevos o que se vendan, siempre y cuando fueran construidos después de la entrada en vigor de la aprobación de este seguro.

 

La obligatoriedad será, si se aplica el mismo criterio que con el seguro decenal, para el promotor, o vendedor, de tener un seguro en vigor que cubra los vicios ocultos y defectos de construcción que no son visibles a simple vista, sino que aparecen con el uso de la vivienda, como mal funcionamiento de las instalaciones, o humedades, goteras, mal funcionamiento de carpinterías, etc. En la LOE se obliga a una garantía trienal, que, si se aprueba la propuesta, deberá cubrir dicho seguro trienal, con los siguientes términos:

«Seguro de daños materiales o seguro de caución, para garantizar, durante tres años, el resarcimiento de los daños causados por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad expresados en dicha ley.»

Este tipo de seguro puede encarecer un poco el precio de las viviendas, pero nos asegura que vamos a tener la garantía cubierta para vicios ocultos durante los 3 años que dura el plazo, aunque la empresa promotora que nos venda el piso desaparezca o entre en concurso de acreedores, lo que antes era suspensión de pagos, algo que creo es más importante en los tiempos que corren, que buscar un precio bajo, que ya de por sí están bajos los precios, si los comparamos con los de antes de la actual crisis. El texto publicado es el siguiente:

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en consideración a la actual coyuntura económica y el nuevo marco normativo aprobado para impulsar un nuevo modelo de política de vivienda orientada a la rehabilitación y regeneración urbana, inicie los estudios jurídicos, técnicos y económicos tendentes a impulsar tan pronto como sea posible, la adopción de medidas normativas que contemplen la implementación sucesiva de la obligatoriedad de suscribir las garantías previstas en el apartado 1.b) del art. 19 de la Ley de Ordenación de la Edificación 38/1999, de 5 de noviembre, y la extensión de las garantías reguladas en el apartado 1.c) del citado art. 19 a toda clase de edificaciones.»

¿Que opinas al respecto?. Espero tus preguntas y comentarios.

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