Vistas las dudas que suscitan las tasaciones hipotecarias, vamos a explicar como funcionan y qué hay que hacer para pasar el trámite, cuando vamos al banco a solicitar financiación para ese piso tan estupendo y barato que queremos comprar, y nos dicen que tenemos que encargar una tasación del mismo a ver qué precio sale.
Cuando pedimos la hipoteca en el banco
Pues bien, en el banco suelen poner la condición de que la hipoteca cubre, como máximo, el 80% del menor de 2 valores: el precio de compraventa del piso, o el valor hipotecario, es decir, el precio que pongamos en la escritura de compraventa al comprarlo, que será también la de hipoteca, por tanto el banco, que nos concede la hipoteca, va a saber bien cual es ese precio (salvo que paguemos algo bajo manga, y no aparezca en la escritura), o el valor total final que aparece en la tasación de piso, tasación que es obligatoria en toda hipoteca, debido a la ley hipotecaria, y que debe ser realizada por un técnico tasador (arquitecto o aparejador o arquitecto técnico para el caso de viviendas) y validado y firmado por una sociedad de tasación homologada por el banco de España como tal, que tendrá en su plantilla de colaboradores a tal técnico tasador que redacta dicha tasación.
Normalmente los bancos tienen, o tenían, previstas unas cuantas sociedades de tasación aprobadas por la política interior de cada entidad bancaria, con las que trabajar, aunque podría ser, se puede ir con cualquier tasación de cualquier sociedad de tasación, y es válidad para la hipoteca. Recordemos que una tasación tiene una validez de 6 meses, pasado tal plazo, ya o servirá para conceder una hipoteca.
En el caso en que el banco nos admita una tasación de cualquier sociedad, podemos acudir a la web, las páginas amarillas, etc. y llamar a un tasador, un técnico, una sociedad de tasación, etc. o a un familiar, amigo o conocido que nos diga quién conoce que nos pueda hacer esa tasación dichosa.
Pues una vez contactado con un técnico que colabore con una sociedad de tasación, es decir, un tasador para tasaciones hipotecarias, nos explicará este funcionamiento, que proviene de la ley hipotecaria.
Pero lo que no sabe todo el mundo, es que antes de contratar la tasación, es posible, si el tasador quiere, pedirle una estimación aproximada del valor de tasación (y mejor el valor hipotecario, que es el que nos interesa) que obtendríamos de una vivienda concreta, dando dirección completa de la misma, estado de conservación, superficie, etc. Al menos nosotros lo hacemos habitualmente y sin compromiso.
De este modo, podremos saber cuanto nos va a salir, y si va a estar dentro de lo esperado y nos encaja bien, antes de contratar tal tasación. También nos podrá decir más o menos el precio de dicha tasación que tendremos que pagar a dicha sociedad de tasación. Esta sociedad es la que paga una parte al tasador que redacta el informe y certificado.
Y a la hora de pagar, no hay escapatoria: el banco nos cobra la tasación cargando su importe en nuestra cuenta, y probablemente, sin avisar.
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