El parlamento Vasco ha aprobado la ley de vivienda, que contempla el canon para pisos desocupados y la capacidad de expropiación de viviendas vacías a los bancos para su uso, algo similar a la ley andaluza que fue rechazada por el tribunal constitucional.
La ley que expropia pisos vacios
La opción de la ley que expropia pisos vacios, aunque sea una fórmula de expropiación temporal del derecho de uso, no de propiedad, a los bancos, es la misma regulación que se formuló en un decreto de la Junta de Andalucía, y que el tribunal constitucional lo rechazó por inconstitucional, con la justificación de que la expropiación de uso, aunque no de la propiedad, invade las competencias de la administración central al tocar la «planificación general de la economía».
En realidad, es la escusa perfecta, puesto que cualquier materia sobre la que se legisle tendrá siempre un componente económico, ya que se debe dotar de medios la aprobación de una ley, y por tanto, se deberá dotar de partida presupuestaria; y como la economía es una competencia estatal, siempre existe la justificación perfecta de que es «competencia del estado».
La ley contempla la posibilidad de expropiar temporalmente a los bancos el uso de los pisos embargados
La ley que expropia pisos vacios contempla la posibilidad de expropiar temporalmente a los bancos el uso de los pisos embargados, cuyos propietarios no hubieran podido pagar la hipoteca, para permitirles seguir ocupando dicha vivienda, ya sin el derecho de propiedad, pero si el de uso, pagando un alquiler social.
Así la administración se embolsa un poquito de dinero expropiando derechos de los bancos, que son los que acumulan la deuda de una parte, y no tienen todos los derechos sobre los bienes embargados. ¿No será esto una forma de nacionalizar bancos, en parte?. Sin embargo, mientras los bancos no quiebren, todo va bien, pero claro, las condiciones de las hipotecas serán, entonces, mucho más duras, y los tipos de interés más altos.
La aprobación ha salido adelante con el apoyo del partido socialista PSE-EE, junto con EH Bildu y UPyD, con el rechazo del PNV y PP. La aprobación del texto se ha dado en la Comisión de Vivienda, y, por tanto, falta la aprobación definitiva, que se debe producir ya en junio, por el pleno.
Aquí vienen las discusiones del enfrentamiento entre el derecho de propiedad del banco, una vez embargada la vivienda, y el derecho de uso, un derecho básico, con el derecho fundamental a una vivienda digna, contemplado directamente en la constitución.
La cuestión es si el derecho a una vivienda digna supone el poder quitar los derechos a su propietario, o usufructuario (derecho de uso y disfrute). Habrá quien lo considere un robo, habrá quien considere que el derecho de vivienda digna supone el menoscabo de los otros derechos, puesto que, muchas veces, el derecho de unos supone obligaciones a otros.
Fuente: 20minutos.es
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