Si vives en un edificio con viviendas en bloque y garaje comunitario de no más de unos 30 años, te habrás dado cuenta de que las puertas, que serán al menos dos, que sirven para salir desde el garaje al portal, no tienen cerradura para salir; se puede salir siempre sin llave, aunque hace falta llave para entrar.
La salida rápida de un garaje en caso de incendio asegura no morir dentro
He oído muchas quejas de esa falta de cerradura, argumentando que si entra alguien a robar en el garaje, por ejemplo, por la puerta de vehículos cuando entra un vehículo y mientras la puerta automática se cierra, puede salir impunemente, al estar las puertas libres para salir con solo empujar, y que deberían tener cerraduras; –será para pillar al ladrón dentro encerrado.–
Pues es cuestión de la normativa de protección contraincendios, y no es un capricho, ni un error, ni un intento de abaratar costes de construccion como podríamos pensar.
La normativa de protección contra incendios, conocidas como NBE-CPI-81, NBE-CPI-91 y NBE-CPI-96, hasta que pasa a formar parte del código técnico de la edificación con el nombre de DB-SI, exige que se pueda salir de los garajes por las salidas de emergencia con las puertas abriendo en el sentido de la salida, y que se puedan abrir fácilmente, por supuesto, sin necesidad de llave.
La explicación es muy sencilla: la normativa de protección contraincendios trata de garantizar que, en caso de incendio, las personas que ocupan el edificio tengan tiempo para salir antes de morir asfixiadas por el humo, que es la forma habitual de morir en un incendio; por tanto, en los edificios que necesitemos una llave para abrir la puerta de salida del garaje, en caso de incendio (no tan raro en caso de garajes llenos de coches repletos de gasolina o gasoleo), quien no tenga llave para salir morirá en el garaje por el incendio.
Por tanto, para evitar los robos en los garajes, no se trata de evitar que los ladrones puedan salir, sino que no puedan entrar, como es lógico.
Buenas tardes Jorge,
En el caso de un edificio de nueva construcción, en el que se aplica la última edición del CTE, las puertas de salida de un recinto de ocupación nula en una planta de aparcamiento, ¿pueden interferir con la circulación del garaje? La planta de aparcamiento tiene una capacidad de menos de 200 vehículos y una superficie menor de 5000 m2.
Gracias y saludos.
Hola Agustín
si te refieres a que las puertas abran hacia la zona de circulación, evidentemente no pueden, porque interrumpen la circulación, por razones obvias.
Buenos días!!! En un bloque de apartamentos donde hay 8 escaleras, cada escalera tiene acceso al pasillo de garajes donde la apertura es fácil y de la escalera a los garajes hay que utizar llave algunos vecinos queremos que permanezcan cerradas con llave sobre todo en invierno ya que son viviendas de veráno.
En acuerdo dejar alguna de emergencia
Hola Elena. Hay que dejar todas las salidas previstas de emergencia de forma que se pueda salir por ellas fácilmente, sin llave, solo con empujar, para el caso de incendio.
Hay que tener en cuenta que un garaje es un lugar muy propicio para un incendio (coches con depósitos llenos de gasolina).
El acceso al garaje si puede ser mediante llave.
Buenos días.
Los ascensores que tienen llave para utilizarlos. Deben de ser también de libre acceso, es decir, que no tenga llaves para utilizarlos?
Gracias.
Hola Alfonso.
Que yo sepa la normativa no prohíbe poner llave, pero claro, si un vecino es una persona con discapacidad, debe poder usarlo, sobre todo si lo solicita a la comunidad de propietarios. Qué sentido tiene que una persona con discapacidad no pueda usarlo?
En cuanto a normativa de emergencias e incendios, el ascensor normal no cuenta.
Hola buenos días, a ver si me puedes solucionar una duda que tengo, mi garaje dispone de acceso desde 8 comunidades y acceso desde la calle para los que no son propietarios de dichas comunidades, no todas las comunidades pueden acceder al garaje o salir de el por escaleras como es mi caso, en mi comunidad el unico acceso que hay para ir al garaje es desde el ascensor, en el cual tiene un descansillo con su puerta contra incendios por el cual accedes al garaje, mi pregunta es la siguiente, se puede poner cerradura a esa puerta si el acceso no tiene escalera de emergencia? ya que en caso de incendio no se puede usar el ascensor. Por que estamos sufriendo mucho vandalismo en el ascensor por el cual acceden desde el garaje y nos gustaria tener cerrado los accesos a el si no es salida de emergencia. Gracias un saludo
Hola Vicente
El acceso hacia el garaje se puede tener cerrado para que solo se pueda entrar usando llave. La salida desde el garaje hacia el exterior debe poderse hacer sin llave y con un mecanismo sencillo de apertura, siempre que sea una salida de emergencia.
La emergencia es en el sentido de salida, no en el de entrada al garaje.
Buenas tardes,
Un edificio de nueva construcción consta de 4 portales con garaje y zona de trasteros comunitario.
Cada uno de los portales tiene su acceso a garaje (tres niveles). Tres de ellos cuentan con un ascensor y escaleras y uno solo con dos ascensores, no tienen escaleras que comuniquen el portal con las tres plantas de garajes, ¿esto es legal?
Por otro lado, para acceder al garaje es necesario abrir con llave y la puerta abre hacia la zona de los ascensores, es decir, en caso de incendio en la zona de ascensores o trasteros, si no tienes llave para salir al garaje y teniendo en cuenta que se desaconseja el uso de los ascensores en esos caso, ¿cuál sería la vía de evacuación?
Muchas gracias.
Hola María
La salida del garaje, en caso de emergencia, como es un incendio, debe ser por escalera o rampa, nunca por ascensor, salvo que sea un ascensor específico para casos de incendio. Es posible que esas salidas de emergencia puedan dar a otros portales o directamente al exterior del edificio, por lo que si, es probable que sea legal que no haya escaleras por uno de los portales.
El caso de que se necesite llave para acceder al garaje es perfectamente normal. En caso de incendio no hay que ir al garaje, sino que hay que salir del edificio hacia el exterior o hacia un espacio exterior seguro, que estará indicado con señales de SALIDA, que indican por donde se debe salir en caso de incendio. Las salidas de emergencia deben estar previstas y señalizadas, no son las que nosotros imaginamos.
Hola, Jorge.
Muchas gracias por tu respuesta, pero sigo con la duda. En caso de incendio, en este caso, las posibilidades son subir a la planta baja por el ascensor, porque no hay escaleras, y desde ahí salir a la calle; o salir al garaje desde el nivel -1, -2 o -3 a través de una puerta que es necesario abrir con llave.
No me parece segura ninguna opción, pero tener que abrir una puerta con llave no es lo más práctico en caso de emergencia.
Muchas gracias, un saludo.
Las salidas de emergencia de un garaje tienen que estar señalizadas con unos letreros fotoluminiscentes. Esas salidas no pueden ser por ascensor, pero pueden ser subiendo escaleras.
Si no hay escaleras por esa salida, que conduzcan a un espacio exterior seguro, no puede ser una salida de emergencia. Debe haber otras.
La salida de emergencia de un garaje a través de una puerta con llave no es posible con la normativa actual de condiciones de seguridad en caso de incendio. Es posible que el edificio se construyera antes de que se aprobara la normativa de incendios, o puede que haya otras salidas de emergencia previstas en el edificio que cumplan la norma de incendios. Hay que fijarse en las señales que indican las salidas de emergencia para saber cuales son.
Hola Jorge,
Te expongo el caso.
Tenemos una comunidad de vecinos y una comunidad del parking. Las escaleras de emergencia llevan al interior del edificio. Puedes coger dos vías, una puerta que te lleva al jardín de la cual hay otra puerta de salida a la calle (necesitas llave para salir a la calle) y otra puerta que te lleva a la portería que tambien necesitas llave ya que por los robos las mantenemos cerradas.
Hay una nueva propietaria en el parking que ha comprado una plaza y no tiene propiedad en el edificio, y nos exige llave de la puerta que le lleva al jardín o a la portería para poder ella pasar.
El edificio es de hace más de 30 años y en las escrituras dicha escalera no dice nada de que sea escalera de salida de emergencia. Al lado de los accesos de la puerta del parking hay una puerta pequeña para salir a la calle.
Como he dicho anteriormente, las escaleras de emergencia del parking lleva a la salida del servicio del edificio, pero las puertas de salida del servicio se mantienen cerradas por seguridad.
Hay obligación de dejarlas abiertas o darle llave a la sra?
(en las escrituras no pone nada que sea salida de emergencia y el edificio es de hace mas de 30 años)
Gracias
Hola Victor.
En las escrituras no tiene porqué poner cual/es es/son la/s salida/s de emergencia. Y teniendo en cuenta la antigüedad del edificio, es posible que no fuera obligatorio que las hubiera en el momento de su construcción. La primera norma de protección contra incendios es del año 1981, hace ya 41 años, así que habría que saber si tu edificio se construyó antes de 1981. Estas normas se aplican cuando se construye o cuando se hacen obras en el edificio, no son obligatorias si no se hacen obras que modifiquen el mismo.
Por otro lado, no todas las salidas tienen porqué ser de emergencia, algunas pueden serlo, y otras no, si no son necesarias.
En todo caso la señora que tiene una plaza de garaje tiene que poder entrar a coger su coche, por algún sitio, así que tendrá que tener una llave para acceder al garaje.
Actualmente estoy en trámites para comprar un local y me he encontrado una tubería de una campana de cocina de un restaurante en el edificio que pasa por dentro del local que quiero comprar, al parecer lo colocaron sin permiso ya que el local que voy a comprar estaba cerrado. ¿Cómo puedo mandar a quitarlo legalmente? El local es para desempeñar mi labor de Electricista en Tenerife y también para la reparación y servicio técnico de electrodomésticos en Tenerife.
https://rapidservices.es/electricistas-tenerife/
:
https://serviciotecnicotenerife.com/
Hola electricistas.
La verdad es que no sabría como afrontar este problema. Yo creo que una denuncia en el Ayuntamiento no sirve de nada, no se puede meter en esto. Primero hablaría con la comunidad de propietarios para asegurar que ese conducto no puede pasar por este local, y si no se retira, habría que tener claro si una demanda judicial debe ponerse contra el propietario del restaurante o contra la comunidad de propietarios del edificio.
Hola buenas tardes.
En mi comunidad son tres escaleras, y cada una tiene su ascensor y acceso al garaje por la escalera. El garaje tiene su puerta de entrada de vehículos y su puerta peatonal, y dos plantas.
Queremos poner llave en los ascensores para bajar y al parking y al revés. Cada escalera tiene como un recibidor en el garaje el cual accedes al ascensor o a la escalera .
La pregunta seria si puedo poner llave o algún tipo de bloque a esas puertas de acceso de la escalera al parking o del parking a la escalera?
Hola Sergi.
Se puede poner cerradura en alguna de las puertas para evitar el acceso hacia el garaje, pero nunca se puede poner cerraduras en las puertas de salida de emergencia en el sentido de salida desde el garaje hacia el exterior, porque en caso de incendio, la gente no podría salir si no tiene llave. Además esas puertas tienen que tener un mecanismo de apertura de fácil accionamiento, siempre en el sentido de la salida.
Hola Juan,
En mi vivienda, de más de 30 años, se baja al garaje a través del ascensor. Una vez que sales de él, accedes a un pequeño cuarto y la única salida es por una puerta que accede directamente al garaje. Pues resulta que esa puerta invade mi paso obligatorio para acceder a mi plaza de garaje, ya que se abre hacia afuera. Ahora está permanentemente abierta por el tema COVID y no hay problema, pero algún día de nuevo se volverá a cerrar…
Voy a pedir a la comunidad que cambie el sentido de apertura de la puerta para que abra hacia dentro. Corro el riesgo de que cualquier vecino al abrir la puerta, de un golpe al coche al estar pasando yo con el. Entiendo que esa puerta no es de emergencia y que no podrían negarse a mi petición ?
Gracias
Hola Juan.
Primeramente, el edificio está hecho con la normativa contra incendios que existía cuando se hizo, y mientras no se hagan obras, no tiene que cumplirse la normativa actual. La norma de protección contraincendios que le podría afectar es la de 1989.
Tendrías que dar más datos para conocer si es una salida de emergencia del edificio. En caso de ser salida de emergencia, las puertas deben abrir en el sentido de la salida de las personas del garaje hacia el exterior del edificio.
No obstante, una puerta no puede invadir nunca la zona de circulación de vehículos.
En mi edificio de obra nueva algunas de las puertas peatonales de acceso al garaje desde el ascensor abren hacia afuera (garaje) invadiendo el carril de circulación y con el peligro de que al abrir alguien esa puerta y saliendo con el coche de mi plaza situada en frente de dicha puerta tengamos un accidente ¿Existe alguna normativa para que la promotora nos cambie el sentido de esa puerta hacia dentro?
Hola Marta.
Las puertas tienen que abrir hacia el sentido de salida siempre y cuando se den las condiciones que indica la normativa de protección en caso de incendio, que vienen siendo cuando la ocupación teórica (número de personas previstas) o altura de evacuación (altura desde la planta hasta la altura del suelo de la calle) supera ciertos límites. Es decir: que si el garaje es muy pequeño, se pueden poner las puertas abriendo en cualquier sentido, pero si es un poco grande, ya seguramente se tengan que abrir hacia el sentido de salida hacia la calle. Además, el barrido de las puertas no puede ocupar parte de una plaza de garaje, como es lógico.
Hola.
En una vivienda unifamiliar ¿Es posible contar con el garaje como única entrada o salida de la vivienda? Es decir, que sea el garaje lo que separa la vivienda de la calle sin haber otro acceso
Hola Joaquín.
En ese aspecto, que nunca lo he visto, porque no es nada elegante entrar por el garaje a casa, resulta de aplicación la normativa urbanística, que es municipal, es decir, que cada Ayuntamiento tiene la suya, por tanto no te puedo indicar si se permite o no. Lo normal es que no se permita, pero…
Hola buenas tengo una duda, vivo en una comunidad con mas de 40 años, son 3 bloques con sus respectivas salidas a garaje, las 3 de ellas con cota cero del ascensor y 2 de ellas con escaleras incluidas, todas las puertas de entradas al garaje a las fincas son de hierro con cerradura y siempre estan cerradas, me he quejado al administrador de que deberiamos plantearnos poner de emergencia, pero nadie me hace caso, nosotros como comunidad se nos exige hacer este tipo de adaptación, en que normativa se contempla, muchas gracias
Hola Marco
la normativa cuando se hizo tu edificio, hace más de 40 años, era mucho menos exigente que la de ahora.
La normativa de seguridad en caso de incendio se exige cuando se haga alguna obra en el edificio, mientras tanto se aplica la norma que estuviera en vigor en el momento de la construcción. Se trata del documento básico DB SI de seguridad en caso de incendio, incluido en el código técnico de la edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006.
Por tanto la comunidad no está obligada a poner puertas especiales por norma, si no se hace alguna obra, aunque es muy recomendable por la seguridad de los vecinos, ya que un incendio en el garaje es más probable de lo que parece (coches con depósitos llenos de combustible) y hay que asegurar que la gente pueda salir del edificio cuando se declare un incendio si morir asfixiada por el humo.
Hola, yo vivo en una comunidad bastante nueva, donde hay un aparcamiento para los vecinos, pero entre el parking y las viviendas hay un parking público que resulta tiene una salida de emergencia a nuestro edificio de viviendas. Esto es legal? O deberian contar únicamente con las dos salidas de emergenica que dan a la calle + la puerta de entrada al parking público.
Hola Ana.
La norma se aplica a cada edificio únicamente, y no contempla expresamente el uso de otros edificios. Si que permite que las salidas previstas en caso de incendio conduzcan a «espacios exteriores seguros», y es posible que tu edificio haya sido considerado un espacio exterior seguro, además del permiso que debería existir de la comunidad de propietarios para permitir esto. No hay una prohibición, por tanto, si de dan las condiciones, puede ser legal.
Las dos salidas de emergencia que dan a la calle podrían ser insuficientes, pero habría que comprobarlo.
Hola,
tengo una duda… Vivo en una vivienda con parking al cual se puede acceder por puerta peatonal de entrada junto puerta entrada de vehículos y ascensor que da a las viviendas – El ascensor, al bajar al parking, da a un descansillo donde hay otra puerta para acceder a las plazas. Mi pregunta es, entiendo que la puerta del descansillo del ascensor a las plazas , en esa dirección, se acceda sin llave, pero de las plazas al descansillo del ascensor y por tanto al ascensor, y por tanto también a los rellanos de las viviendas no debería tener llave?
Gracias de antemano
Hola David.
Es justo al revés. Se debe poder salir del garaje hacia la calle (o espacio exterior seguro) sin necesidad de llaves, para el caso de incendio. No puede ser que una persona se quede encerrada en el garaje y muera en caso de incendio por no tener las llaves para salir.
Si por la salida se tiene acceso a las viviendas, y no quereis eso, entonces habría que poner cerraduras en el ascensor y puertas en las escaleras a partir de la planta baja hacia arriba.
Hola, en mi comunidad de garajes había una puerta de entrada para los vehículos y en esa puerta había otra pequeña para salida peatonal, esa puerta se quitó y se instaló una de persianas, por lo cual no tiene puerta pequeña ya que es enrollable, y ahora algunos propietarios de garajes quieren tener salida de emergencia por la puerta que Da acceso a un bloque de pisos, pero los propietarios de los garajes no son propietarios de pisos. ¿Están en el derecho de exigir una salida por una zona privada??
Hola Pedro
Una salida peatonal cualquiera puede servir de salida de emergencia, pero no todas las salida que hay en un edificio son de emergencia.
Si la salida peatonal de la puerta de garaje era de emergencia, entonces no se está cumpliendo la norma. Pero es posible que hubiera otra salida prevista. Una salida de emergencia puede servir si da salida a un espacio exterior seguro, que puede ser privativo (como un patio) mientras sea lo suficientemente grande. Por tanto, se puede tener una salida de emergencia a una zona propiedad de otras personas, siempre que sea un espacio exterior seguro o la vía pública.
Los propietarios de garaje están en su derecho de exigir el cumplimiento de la normativa, pero no exigir una puerta en concreto, si hay otras soluciones posibles.
Yo me he quejado mucho de eso. No tenía ni idea de que era por los incendios. La ignorancia…
Tiene todo el sentido del mundo. Yo prefiero protegerme de un incendio que garantizar «la caza» de un ladrón. Sinceramente.
Buenos días,
En el garaje de mi edificio hay puertas para acceder al ascensor y escaleras de cada uno de los 3 portales excepto uno de los portales q solo tiene acceso por ascensor. Recientemente les han puesto cerradura a estas 3 puertas para acceder con llave del ascensor al garaje pero q se abra sin llave al acceder del garaje al ascensor como tiene q ser en el caso de un hipotético incendio. Pero mi pregunta es si en el caso del portal que solo tiene acceso a las viviendas por ascensor el hecho de que el acceso al garaje sea con llave cumple la normativas pertinentes o no ya que puedes entrar sin llave y al estar esperando al ascensor darte cuenta de que está estropeado y no poder volver al garaje porque te has dejado las llaves en el coche por ejemplo. O hay un incendio y no debes usar el ascensor.
Muchas gracias por su ayuda
Hola Maria
Primero te aclaro que un ascensor nunca puede ser una salida de emergencia en caso de incendio, es más, en caso de incendio nunca se debe usar un ascensor. la razón es que en caso de incendio, lo primero que hacen los bomberos es cortar la electricidad del edificio.
Por tanto, el garaje debe tener previstas suficientes salidas por rampas o escaleras, si está en un sótano.
El ascensor puede tener llaves para entrar y salir al garaje, porque no es una salida de emergencia. Si te quedas en el garaje sin poder entrar al ascensor, sales por cualquiera de las salidas previstas de emergencia hasta el exterior del edificio o espacio exterior seguro, que serán fácilmente accesibles y estarán señalizadas como indica la normativa.
Hola buenas tardes en mi garaje han quitado de las dos puertas contraincendios una se puede hacer, inicialmente se puede quitar ya que estas puertas estaban dentro del proyecto este garaje tiene 14 años
Buenas,
Si hay un local destinado a parking desde hace muchos años, tantos como para que no hubiera normativa antiincendios, puede este carecer de un plan antiincendios? Estoy planteandome alquilar un parking en mi zona, y el que más nos gusta, tiene la puerta para los coches solo con apertura con mando (nada de manual), no tiene acceso peatonal, y no hablemos de extintores, plan de evaciación, respiraderos…… Está este aparcamiento dentro de la ley? O se le puede reclamar que lo adapte?
Hola Jordi
No se qué es un «plan contraincendios». Pero si el edificio es antiguo, lo normal es que no cumpla la normativa actual contra incendios, y que no tenga que cumplirla si no se hace una reforma o rehabilitación integral (del edificio completo y de casi todos los elementos del edificio).
Entonces solo es exigible cuando se realiza una de reforma importante en el garaje, o en todo el edificio.
Buenos días
Es obligatorio o existe una ley que lo indique para cerrar con llave el acceso al garaje? Gracias
Hola Victor
El acceso desde el exterior a un garaje se puede y se debe hacer mediante llave. La salida desde un garaje al exterior del mismo, hasta la calle o espacio exterior seguro, debe ser siempre sin llave, mediante un mecanismo de fácil apertura, como una manilla que simplemente hay que girar para abrir.
Buenas noches,
En mi comunidad de 20 vecinos, 4 que tienen plaza de garaje han decidido poner una cerradura con llave para que solo puedan acceder ellos, e igualmente, a la puerta que va de las escaleras al garaje. Dado que, el garaje sólo tiene esas dos salidas es legal haber puestos cerradura a esas dos puertas?
Por otra parte, en el garaje están los contadores de luz y los técnicos tienen necesidad de entrar para cablear internet, y los vecinos se niegan a dar una copia de la llave al Presidente.
Qué puedo hacer? Hay alguna norma contra incendios que le prohíba?
Hola Piedad.
El garaje tiene que tener, al menos, una salida de emergencia. Esa salida de emergencia tiene que poderse abrir con solo empujar o accionar un mecanismo simple, de forma que no puede tener cerradura para salir del garaje hacia la calle (si podría tenerla para entrar).
Por otra parte, el acceso para contadores y cablear internet debe estar disponible para los vecinos, o al menos, para el presidente de la comunidad de propietarios o administrador, y también para las compañías de suministro eléctrico, para que puedan acceder a los contadores. La ley de propiedad horizontal sería de aplicación en estos casos.
Buenos dias en mi comunidad hay un garaje comunitario en el cual se utiliza mando para salir y entrar si bien se carece de sistema manual es decir de acceso de entrada y salida con llave en caso de que pudiera fallar el mando o falta de luz electrica, por lo que no se podría salir ni entrar.. y ni que decir tiene de poder salir al exterior incluso peatonalmente en caso de emergia o incendio por dicho acceso. Efectuada petición por el que sucribe al administrador éste lo tomó a broma e hizo caso omiso..Se tiene derecho a que se ponga un sistema de llave.. además del que ya existe antes citado..?–me ampara alguna normativa..? Con gracias anticipadas por su atención , atentamente les saludo.
Hola Antonio
Depende de la fecha en que se construyó el garaje, si ya existía normativa contra incendios en esa época, entonces es obligatorio que se pueda salir del garaje en caso de emergencia, con puertas de fácil apertura (empujando, nada de llaves) por la salida o salidas previstas de emergencia, que deberán cumplir con la normativa contra incendios.
Si se hace una obra en el garaje de cierta importancia, será obligatorio adaptarlo a la normativa actual.
Si el edificio debe cumplirlo, y no lo cumple, puedes poner una denuncia en el Ayuntamiento, y éste debería exigirselo a la comunidad de propietarios.
en mi garaje comunitario de 3 bloques, tiene las 3 puertas para el portal y viviendas sin llave y como pone en la normativa, pero a parte tiene otras tres puertas, con apertura antipanico, que dan al exterior del edificio, ¿se podrían cerrar con llave para salir del garaje, las puertas que llevan a las viviendas?. ya que existen otras tres que dan al exterior. Gracias
Hola Ismael
Esa posibilidad podría servir si las 3 salidas que dices cumplen con la normativa para salidas de emergencia en cuanto a anchura de puerta, anchura de pasillos, señalización, escaleras que pueda haber en el recorrido hasta la salida, distancia, superficie de la zona a la que se sale, etc.
Habría que estudiar el caso concreto.
Hola, en mi garaje comunitario de solo 12 plazas y 300 metros cuadrados, hay dos accesos a ambos portales. Cada uno tiene doble puerta que dan a cada portal, bien hay una que está muy cerca de la puerta de entrada de vehículos por lo que hay que maniobrar mucho. Se puede quitar una? Y así quedaría solo la puerta cortafuego de acceso al portal de la escalera? Y si no se podría desplazar quedando el habitáculo de dentro más reducido (habitáculo entre puertas cortafuego) muchas gracias
Hola Juan
Todo depende de las distancias que haya desde el punto más alejado a la puerta de salida. Esa distancia está limitada en la norma de incendios.
Hola Juan,
En mi vivienda, de más de 30 años, se baja al garaje a través del ascensor. Una vez que sales de él, accedes a un pequeño cuarto y la única salida es por una puerta que accede directamente al garaje. Pues resulta que esa puerta invade mi paso obligatorio para acceder a mi plaza de garaje, ya que se abre hacia afuera. Ahora está permanentemente abierta por el tema COVID y no hay problema, pero algún día de nuevo se volverá a cerrar…
Voy a pedir a la comunidad que cambie el sentido de apertura de la puerta para que abra hacia dentro. Corro el riesgo de que cualquier vecino al abrir la puerta, de un golpe al coche al estar pasando yo con el. Entiendo que esa puerta no es de emergencia y que no podrían negarse a mi petición ?
Gracias
Buenas tardes, en mi garaje hay unas gomas en los cantos de las puertas de incendios que están despagadas y un vecino las quiere quitar porque dice que sólo valen para amortiguar el golpe al cerrar las puertas. ¿Para que valen esas gomas? ¿Se pueden quitar?. Gracias por su respuesta.
Hola Carmen.
Pues esas gomas en las puertas del garaje son muy importantes, hay que mantenerlas bien pegadas y no se deben quitar, porque en caso de incendio, con el propio calor se expanden, y cierran las rendijas que deja la puerta, de forma que no permiten que salga el humo en caso de incendio, que es lo que suele matar a las personas en estos casos.
Hola, explicó este caso, trabajo en un edificio público, y resulta q uno de mis jefes se le ocurre que una de las puertas de emergencia del pàrquing ponerle un pestillo al otro lado, desde el pàrquing esta puerta está señalizada con una señal con dibujos en blanco y fondo verde de emergencia.
Es correcto o incorrecto el poner un pestillo a la puerta que conecta el pàrquing con la primera planta?
Este pàrquing ya dispone de dos salidas más: una de entrada de los vehículos y otra más que da a la primera planta. En, resumen de dos salidas peatonales, una se ha bloqueado con un pestillo.
Sería correcto? Y que normativa se puede hablar para que una puerta no se bloquee?
Saludos
Hola Jordi
Si la puerta está señalada como «SALIDA» es que está prevista como salida en caso de incendio, por tanto, tiene que poder abrirse sin llave para salir al exterior del edificio o espacio exterior seguro. No hace falta que se pueda llegar a la planta primera, pero se tiene que poder salir al exterior. Está regulado en el código técnico de la edificación, Real Decreto 314/2006, en su documento básico de seguridad en caso de incendio DB SI en su sección SI 3 apartado 6.
Hola mi edificio tiene aseso al garaje mi pregunta es la siguiente pueden tener los vecinos q no tiene aseso al garaje llave de mi portal para salir y entra y del aseso cuando el garaje tiene puerta peatonal Gracias un saludo
Hola Luisa Medina
Los vecinos tienen que poder entrar al garaje de alguna forma, si pueden entrar por la puerta del garaje, no necesitan más. Eso sí; cuando se han establecido los portales como salidas de emergencia como protección en caso de incendio, entonces deben poder salir por cualquiera de ellas sin necesidad de usar ninguna llave.
Por tanto, se tiene que poder salir por las salidas de emergencia sin llave, aunque se necesite llave para entrar.