En al web de la Junta de Castilla y León se ha publicado el Proyecto de Decreto para regulación de ITE, para el trámite de información pública, que será, con quizá algunas modificaciones, la nueva inspección técnica de construcciones y edificaciones para Castilla y León. En ella se dice que el informe de inspección detallará:
- La estructura, la cimentación, las fachadas exteriores, interiores y medianeras, y las cubiertas, azoteas, voladizos, marquesinas, antenas y demás elementos susceptibles de desprendimiento.
- Las condiciones de seguridad, salubridad, ornato público, habitabilidad según su destino y accesibilidad.
- Documentos de revisiones exigidos por la normativa de las instalaciones de protección contra incendios, ascensores, gas y electricidad.
- Propuesta de las pruebas que sean necesarias para averiguar las causas de los desperfectos.
- Las obras para reponer las condiciones exigibles, con un plazo máximo de ejecución de 6 meses. Las obras de carácter urgente se detallarán aparte.
- El informe tendrá en cuenta la normativa vigente en la fecha en que se otorgó la licencia del edificio, y también la normativa vigente en la fecha de la inspección.
- La inspección tiene carácter visual, y el informe podrá referirse tan solo a los elementos de la construcción a los que el técnico inspector haya tenido acceso. No es exigible al técnico detectar posibles vicios ocultos, ni prever posibles daños.
- Cuando el técnico detecte la existencia de deficiencias que comporten riesgo para las personas, lo comunicará de forma inmediata tanto a la propiedad como al Ayuntamiento, y una vez elaborado su informe, se lo entregará a ambos.
- Cuando los propietarios no acrediten la realización de la inspección en los plazos establecidos, el Ayuntamiento podrá requerirles para que lo hagan dentro de un plazo máximo de tres meses, transcurrido el cual podrá realizar la inspección de oficio, a costa de los propietarios.
- Cuando los propietarios no presenten el certificado de haber realizado las obras de reparación que figuren en el informe, el Ayuntamiento podrá acordar la ejecución subsidiaria de las obras y trabajos requeridos.
«… En la provincia de Valladolid la I.T.E. va a ser obligatoria en: Aldeamayor de San Martín, Arroyo de la Encomienda, Boecillo, Cabezón de Pisuerga, Cigales, Fuensaldaña, Iscar, La Cistérniga, La Pedraja de Portillo, Laguna de Duero, Medina de Rioseco, Medina del Campo, Peñafiel, Renedo de Esgueva, Santovenia de Pisuerga, Simancas, Tordesillas, Tudela de Duero, Valdestillas, Valladolid, Viana de Cega, Villanubla, Villanueva de Duero, Zaratán…»
Algunas conclusiones:
- Las viviendas o edificios abandonados, que suelen tener falta de conservación importante, necesitarán pasar una ITE y hacer obras de rehabilitación. Será más barato, probablemente, demolerlas antes que ejecutar obras de rehabilitación.
- El aplicar normativa del momento de construcción del edificio y la actual no tiene sentido, puesto que la actual suele ser mucho más restrictiva, y con el tiempo se aprueba nueva normativa aún más exigente; de modo que:
- Los locales comerciales, almacenes y garajes, y obras de reforma como ascensores, trasteros, o cuartos de instalaciones, que no tengan las instalaciones contra incendios exigidas por al normativa en la fecha de la licencia o en el momento de la ITE, no van a poder conseguir un informe de inspección favorable sin hacer obras de adecuación.
- Mayores exigencias de conservación en elementos de acabado, como las fachadas con pinturas en mal estado, barandillas oxidadas, elementos agrietados como vierteaguas, aplacados, baldosas, etc.
- Aún quedan muchos edificios que tenían que haber pasado su inspección técnica en 2011 y no la han presentado en el Ayuntamiento, por lo que éste podrá requerirse la a la propiedad en cualquier momento.
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