Inspección de gas ¿cuándo es obligatoria?

Llama de gas natural
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Hemos oído casos en los que alguien viene a casa, nos dice que viene a hacer la inspección obligatoria de gas natural de nuestra casa, nos dice que es de la empresa suministradora, o de cualquier otra empresa autorizada, y nos cobra un dinero. Luego resulta que puede ser un hombre con mucha cara que se presenta allí, nos cobra lo que quiere, le echa un vistazo a la tubería de gas, tal vez a la caldera, y nos deja quizá algún papel, o quizá nada. Pero ¿estamos cumpliendo así con la obligación legal, si es que la hay?

Así que es conveniente saber: ¿cada cuánto tiempo y quién tiene que hacer la inspección periódica de gas natural?

El Real Decreto 919/2006 de fecha 28.07.2006 obliga a realizar estas inspecciones cada 5 años (anteriormente era cada 4 años), para poder asegurar su correcto funcionamiento y detectar posibles anomalías, que dice:

La inspección periódica de una instalación consiste básicamente en la comprobación a través de sus partes visibles y accesibles de la estanquidad y la verificación del buen estado de conservación de la misma, de la combustión higiénica de los aparatos a gas y de la correcta evacuación de los productos de la combustión, constatando su adecuación a las condiciones reglamentarias de seguridad.

«… La realización de la inspección corresponde siempre a la empresa distribuidora de gas, que está obligada a realizarla cada 5 años …»

Luego la inspección periódica obligatoria, tanto de la instalación individual, como la comunitaria, deberá hacer siempre la empresa suministradora, ni la comercializadora, ni ninguna otra, y el personal deberá acreditarlo con su correspondiente documentación.

Además, según asegura la empresa GAS NATURAL FENOSA,  el cobro de esta inspección nunca se realiza en el momento de la visita, si no que se pasa al cobro incluido en las facturas de consumo de gas regulares.

El precio que publica gas natural fenosa, como ejemplo, para estas inspecciones en consumos domésticos, varía en función de la comunidad autónoma en la que se aplique, entre 45 € y 58 € por cada inspección individual, a la que se añade una cantidad como parte proporcional por la inspección comunitaria, para que quede repartido entre todas las inspecciones individuales, de modo que oscila en total entre 48 € y 78 € por ambas.

Eso si, deberán dejarnos un acta de la inspección realizada, indicando si es favorable, condicional o desfavorable. Para los 2 últimos casos habrá que realizar algún tipo de reparación que nos indiquen en el propio acta.

¿Alguien sabe de algún caso de engaño con esto de las inspecciones de gas? Déjanos un comentario, así todos aprenderemos a esquivar a los que nos quieren «limpiar» el dinerillo usando la obligación legal.

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