obras rehabilitación

¿necesitamos rehabilitar nuestra casa?

fachada de edificio

Cuando compramos nuestra casa, tenemos la sensación de que va a durarnos toda la vida, incluso la de nuestros hijos cuando la reciban en herencia, y que no se necesita gasta dinero en rehabilitarla o repararla. Nada más lejos de la realidad, por eso se aprueba la nueva ley de rehabilitación.

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La ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas entra en vigor

Grúa en obras de construcción

Hoy, 28 de junio de 2013, entra en vigor la famosa ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, de la que tanto se ha hablado.

Puedes consultar el texto completo en el boletín oficial del estado.

Próximamente iremos desgranando cuestiones que introduce o modifica esta ley y lo iremos publicando en este blog, para el conocimiento de todos.

Entre otros, tocaremos el importante tema que introduce y hace obligatorio para edificios de más de 50 años, que es el INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIO, donde será necesario indicar el estado de conservación del mismo, el grado de accesibilidad, y la eficiencia energética, todo en uno.

Ley de rehabilitación urbana

Grúa en obras de construcción

El ministerio de fomento, en palabras de la sra. ministra, prepara un proyecto de ley que llevará próximamente al consejo de ministros para su aprobación (aprobación del proyecto, no de la ley) de rehabilitación urbana.

La noticia se ha publicado recientemente en el Mundo y otros medios, a raiz del anuncio hecho por la propia sra. ministra en un acto de entrega de viviendas financiadas por dicho ministerio en un 50%, en Santa Cruz de Tenerife.

Cuando estas cosas se anuncian, tenemos la sensación de que va a ser un cambio revolucionario, y luego, cuando está aprobada, si es que se llega a aprobar, vemos que la cosa no cambia casi nada o nada. Pero esperemos que al menos ayude a la gente que tiene una vivienda, a poder rehabilitarla con facilidades, ya que todo son exigencias, y tenemos una falta de financiación importante por parte de los bancos, y no digamos de las cajas de ahorro.

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¿Qué documentos necesito para obtener licencia de obras?

Licencia de obras con ladrillo

Todos nos planteamos hacer una pequeña o gran obra en nuestra vivienda, edificio, etc. Y para ello debemos saber que es necesario siempre una licencia urbanística concedida por el Ayuntamiento correspondiente.

Si la obra es de poco importe, o dura poco tiempo, nos pensamos que no va a requerir mucho gasto en documentación para solicitar licencia, pero cuando preguntamos en nuestro Ayuntamiento nos dan una lista de requisitos, algunos de ellos deben ser obtenidos contratando a un Arquitecto o Aparejador (Arquitecto Técnico o ingeniero de la edificación).

El criterio es que siempre, siempre es necesario tener licencia de obras para cualquier actuación que hagamos, no importa que sea nuestra propiedad, obviamente no va a ser del ayuntamiento; no importa que sea una obra muy pequeña o de escasa importancia, o que dure poco tiempo o cueste poco dinero, o lo haga yo mismo sin contratar a una empresa o profesional.

Si voy al Ayuntamiento y digo que voy a hacer una obra, siempre me dirán que tengo que solicitar previamente la correspondiente licencia urbanística, con todos los requisitos que el Ayuntamiento me ponga, y por supuesto, la obra que haga deberá cumplir con la normativa o no me darán la licencia.

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¿cómo debemos afrontar nuestras obras? Parte 2

En nuestra parte I de como debemos afrontar nuestras obras hablábamos sobre lo perjudicial que puede ser hacer una obra contratando los distintos oficios por separado, incluso aunque tengamos a un familiar, amigo o conocido que nos haga su parte de la obra más económica y nos atienda bien, puede haber muchos problemas con el resto de oficios.

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Impulso a la Rehabilitación. Real Decreto-Ley

Se publica el Real Decreto-Ley 8/2011 de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.

Entre otras cosas, se aprueban medidas para el fomento de la rehabilitación de edificios, obligando a la inspección técnica de los mismos «ITE» para edificios de más de 50 años de antigüedad, pudiendo las autonomías legislar inspecciones obligatorias con menor edad, como es el caso de Castilla y León, donde la edad es de 40 años para edificios en municipios de más de 20.000 habitantes.

Estas medidas se detallan entre los artículos 17 y el 22, ambos inclusive, de este Real Decreto-Ley.